lunes, 5 de diciembre de 2011

Facturación electrónica


fiscalista  : Lineamientos para la facturación electrónica (factura electrónica) en vigor a partir del 1 de enero de 2011 y sus diferencias con el ejercicio 2010 en México El pasado viernes 3 de septiembre de 2010, el Servicio de Administración Tributaria publicó en su página de Internet, el anteproyecto a la primera modificación a la resolución miscelánea para 2010, el anteproyecto de modificación del anexo 1-A y al anexo 20. En estos documentos adicionaron una serie de reglas que establecen los lineamientos a los que se sujetarán los contribuyentes a efecto de implantar el uso de los comprobantes fiscales digitales, situación que entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2011.

El código fiscal de la federación establece en su artículo 29 la obligatoriedad de que todos los contribuyentes deben expedir un comprobante fiscal (facturas electrónicas) por las actividades que realizan. Durante el ejercicio fiscal de 2010 los contribuyentes tienen las siguientes alternativas de facturación:

a) A través de una factura impresa por un tercero autorizado
b) Emisión de comprobantes digitales a través de un proveedor de CFD´s
c) Emisión de comprobantes digitales a través de medios propios

Factura impresa por un tercero autorizado.

El contribuyente acude a un tercero autorizado por el servicio de administración tributaria y solicita la impresión de sus facturas, para lo cual el impresor deberá solicitar autorización de folios por medio de SICOFI para proceder a la impresión.

Emisión de comprobantes digitales a través de uno o más proveedores de CFD´s
En esta modalidad el contribuyente contrata los servicios de uno o más proveedores autorizados de comprobantes fiscales digitales (PACFD) factura electrónica, siempre que se manejen series de folios y certificados de sello digital diferentes entre cada PACFD. Para lo cual se elabora un contrato de prestación de servicios de facturación, así como por la administración y control de los elementos necesarios para la generación del CFD’s. Para ello el contribuyente deberá llevar su contabilidad en un sistema electrónico, contar con su firma electrónica avanzada (FIEL), haber tramitado un certificado de sello digital (CSD), contar por lo menos con una serie de folios asignados por el SAT y por último presentar dentro de los treinta días siguientes a la firma de contrato con su proveedor un aviso de inicio de operaciones.


Leer completo este artículo aquí 

Fuentes relacionadas:

Conferencia: Análisis de la Facturación Electrónica por 
readytofill 

 ¿Que es un centro de facturacion electronica?
Tengo entendido que en Chile las imprentas dedicadas a la facturación, se transformaron en "centros de facturación electrónica", despues de se empezara a utilizar la facturacion electrónica en todas las empresas, ahora van a empezar a hacer lo mismo en Uruguay, y me gustaria saber que es lo que significa dicho termino.
Leer respuestas aquí


Buscas un servicio de Hosting profesional para tu empresa o negocio? Contrata los mejores servicios de hosting al mejor precio en http://www.Alojate.com , Solicita una cotización sin compromiso.___________

No hay comentarios:

Publicar un comentario